Niña de 10 años gana tutela en la corte constitucional.
- TVCUCUTA
- 3 oct
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Una niña de 10 años Luciana, logró que la Corte Constitucional reconociera su derecho a ser escuchada en el marco de un proceso de regulación de visitas con su padre biológico, sentando un importante precedente en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Colombia.
La menor interpuso una acción de tutela argumentando que no se tuvo en cuenta su opinión en la decisión de un juez de familia que autorizó visitas de su progenitor dos
veces al mes, pese a que ella manifestó no sentirse cómoda con esa relación. En su escrito, Luciana señaló que su padre la había abandonado durante años y que ahora era tratada como “una extraña obligada a compartir con alguien que no conoce ni quiere ver”.
La Corte, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, concluyó que no existía un vínculo afectivo entre el padre y la niña debido a su ausencia e incumplimiento de deberes de cuidado y acompañamiento. Por ello, determinó que no se le podía obligar a mantener visitas que afectaban su tranquilidad.
“Desde la Corte la escuchamos y concluimos que no se le puede obligar a hacer algo que la hace sentir mal”, afirmó el magistrado Polo Rosero.
La Sala Sexta de Revisión reiteró que los jueces de familia deben valorar la opinión de los menores antes de fijar un régimen de visitas y priorizar su bienestar integral. En este caso, la decisión previa quedó sin efecto y el proceso deberá reiniciarse, incorporando un enfoque de curso de vida y garantizando que la voz de la niña sea tenida en cuenta.
En un gesto poco común, la Corte envió además una carta a Luciana, en la que reconoció su valentía al interponer la tutela y le aseguró que su voz fue escuchada y valorada. El alto tribunal recalcó que no se le puede obligar a asistir a terapias ni a relacionarse con su padre biológico si esto le genera miedo o angustia, y que toda decisión futura deberá ajustarse a su bienestar y a su voluntad.
Con esta sentencia, la Corte Constitucional sienta un precedente en la justicia familiar, recordando que el interés superior de los niños implica escuchar y respetar sus opiniones en las decisiones que afectan su vida.



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